REGLAMENTO DE LA LEY ESPECIAL REGULADORA DE PROYECTOS PUBLICOS DE ENERGIA RENOVABLE

 

JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA

ACTA No. 1089

 

La Junta Directiva de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica;

CONSIDERANDO: Que en la actualidad la demanda de energía eléctrica es cubierta en un setenta y cinco por ciento (75%) con energía generada por combustibles fósiles, los cuales son importados en su totalidad, y solamente el veinticinco por ciento (25%) de la demanda es producida por otras energías renovables como la hidroeléctrica, que las proyecciones estimadas son de un crecimiento anual del seis por ciento (6%) en la demanda establecida hasta el año 2020, lo que de continuar con los actuales niveles de producción de energía por medio de combustibles representa un enorme costo de oportunidad para la competitividad y el desarrollo del país, ya que ello representa una fuerte erogación de divisas que afectan y que de no revertir dicho porcentaje de producción continuaran afectando la balanza comercial del país, situación que vuelve necesaria y urgente revertir los porcentajes de producción de energía, a fin de destinar esos recursos en otras áreas del desarrollo nacional.

 

 

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